¿Quieres traer a tu familia a los EE.UU.?
Los ciudadanos extranjeros que sean parientes cercanos de un ciudadano estadounidense o residente permanente legal pueden ser elegibles para solicitar la residencia permanente a través de una petición basada en la familia. Esto se puede hacer a través de un trámite consular en su país de origen o mediante un ajuste de estatus si se encuentran actualmente en los EE. UU. y tienen una visa disponible de inmediato. Los parientes inmediatos no enfrentan restricciones numéricas y pueden solicitar la residencia permanente sin tiempo de espera, mientras que otros miembros de la familia entran en categorías preferenciales con cupos anuales.
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¿Quién es elegible para la inmigración basada en la familia?
¿Qué son los parientes inmediatos en el contexto de la inmigración basada en la familia?
¿Quién califica como pariente inmediato?
¿Hay un tiempo de espera para los familiares inmediatos de residentes permanentes legales?
¿Qué son las preferencias patrocinadas por la familia?
¿Cuáles son las categorías de preferencia patrocinadas por la familia?
¿Las categorías de preferencia patrocinadas por la familia están sujetas a restricciones numéricas?
¿Qué es la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA)?
¿Cuáles son los derechos del matrimonio entre personas del mismo sexo en la inmigración?
FAQ - Preguntas Frecuentes
¿Qué es la inmigración basada en la familia?
La inmigración basada en la familia es un proceso a través del cual los ciudadanos estadounidenses y los residentes permanentes (titulares de la Green Card) pueden patrocinar a ciertos miembros de la familia para inmigrar y obtener la residencia permanente en los EE. UU. Este proceso es una de las principales vías de inmigración a los EE. UU., promoviendo la reunificación familiar.
¿Quién puede aplicar?
Los ciudadanos estadounidenses pueden patrocinar a los siguientes familiares:
Cónyuge (incluidos los matrimonios entre personas del mismo sexo)
Hijos solteros menores de 21 años
Hijos casados de cualquier edad
Padres (si el patrocinador tiene al menos 21 años)
Hermanos (si el patrocinador tiene al menos 21 años)
Los residentes permanentes (titulares de la Green Card) pueden patrocinar:
Cónyuge (incluidos los matrimonios entre personas del mismo sexo)
Hijos solteros de cualquier edad
¿Cuáles son los criterios de elegibilidad para la inmigración basada en la familia?
Para patrocinar a un familiar, el patrocinador debe:
Ser ciudadano estadounidense o residente legal permanente (titular de la Green Card).
Demostrar la relación familiar con el beneficiario mediante documentos como actas de nacimiento, actas de matrimonio (incluidos los matrimonios entre personas del mismo sexo) y otros documentos pertinentes.
Presente un Formulario I-130 ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS).
Demostrar la capacidad financiera para sustentar al familiar, cumpliendo con los requisitos de ingresos mínimos del gobierno a través del Formulario I-864 (Declaración jurada de apoyo).
¿Cómo funciona el proceso de inmigración basada en la familia?
El proceso generalmente comienza con la presentación del Formulario I-130 por parte del patrocinador, que establece la relación familiar entre el patrocinador y el beneficiario. Una vez que se aprueba el Formulario I-130, el proceso puede variar según la ubicación del beneficiario:
Si el beneficiario se encuentra en EE. UU.: Puede solicitar un Ajuste de Estatus para obtener una Green Card sin salir del país.
Si el beneficiario está fuera de los EE.UU.: El caso será enviado a procesamiento consular, donde el beneficiario solicitará una visa de inmigrante y, después de la aprobación, ingresará a los EE.UU. como residente permanente.
¿Cuáles son las categorías de preferencia familiar?
La inmigración basada en la familia se divide en categorías de preferencia, que determinan la prioridad de procesamiento y los tiempos de espera:
Primera preferencia (F1): Hijos solteros de ciudadanos estadounidenses.
Segunda preferencia (F2A): Cónyuges e hijos menores de residentes permanentes.
Segunda preferencia (F2B): Hijos solteros (de 21 años o más) de residentes permanentes.
Tercera preferencia (F3): Hijos casados de ciudadanos estadounidenses.
Cuarta preferencia (F4): Hermanos de ciudadanos estadounidenses.
DACA y la inmigración basada en la familia
Las personas que son beneficiarias de DACA (Acción Diferida para los Llegados en la Infancia) pueden enfrentar desafíos específicos al intentar ajustar su estatus migratorio. Si bien DACA brinda protección temporal contra la deportación y la capacidad de obtener autorización de trabajo, no otorga estatus legal ni una vía directa para obtener una Green Card. Sin embargo, en algunos casos, los beneficiarios de DACA casados con ciudadanos estadounidenses pueden ajustar su estatus a través del matrimonio, siempre que cumplan con ciertos requisitos, como el ingreso legal a los EE. UU.
Matrimonio entre personas del mismo sexo e inmigración
Desde la decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos en 2013, los matrimonios entre personas del mismo sexo se reconocen a efectos de inmigración. Esto significa que las parejas del mismo sexo tienen los mismos derechos y protecciones que las parejas heterosexuales en el proceso de inmigración basado en la familia, incluida la capacidad de patrocinar a sus cónyuges para obtener tarjetas verdes y otros beneficios de inmigración.
Beneficios de la inmigración basada en la familia
La inmigración basada en la familia permite que parientes cercanos vivan juntos en los Estados Unidos. Una vez que el pariente obtiene la residencia permanente, obtiene el derecho a vivir y trabajar en los EE. UU. y, eventualmente, puede solicitar la ciudadanía estadounidense. Además, el proceso proporciona una base legal para que los miembros de la familia se establezcan en los EE. UU. con seguridad y estabilidad jurídicas.